AYUNTAMIENTOS - IMPUESTOS Y TASAS -

Los Ayuntamientos, son la administración mas cercana al ciudadano y la encargada de prestar una gran cantidad de servicios al mismo.

Con el fin de recaudar los recursos necesarios para el buen funcionamiento de esos servicios, el Estado pone   a disposición de los Ayuntamientos una serie de herramientas en forma de Impuestos y Tasas.

Aunque hay multitud de tratados, tanto en libros como en Internet acerca de la interpretación de impuestos, arbitrios y tasas, lo que le interesa a los Clientes de ASESORIA CGI, así como al Ciudadano en general, es saber lo que paga y el motivo por el que paga.

Así los impuestos (tributos sin contraprestación alguna) que recaudan de forma directa y gestionan los Ayuntamientos, son los siguientes:

IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) al que coloquialmente llamamos la contribución del piso o de la casa.
Grava la titularidad de un derecho de propiedad o usufructo de los bienes inmuebles, ya sean de naturaleza rústica o urbana.

IAE (Impuesto sobre las actividades económicas), antigua "radicación". Grava el mero ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales, artísticas o profesionales. Actualmente, estarán exentas aquellas actividades que su cifra de negocios no superen el millón de euros.

IVTM (Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica). Los "coches", que grava la titularidad de vehículos de esta naturaleza, que circulan o pueden circular por las vías públicas.

De forma opcional, también los Ayuntamientos pueden exigir el

ISCIO (Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras), que grava las construcciones, instalaciones y obras realizadas en el término municipal y sujetas a licencia de obras. Normalmente se pide un tanto sobre el proyecto realizado.

ISIVT (Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos), que grava, en la transmisión, la diferencia sobre el valor de los terrenos producida.

En cuanto a las TASAS, pues son aquellos tributos que gravan los servicios prestados por el Ayuntamiento o la utilización de servicios o espacios de titularidad pública. Así por ejemplo:

- Los vados, porque reservan un espacio para que puedan entrar y salir vehículos.
- La ocupación del dominio público, como por ejemplo las terrazas de los bares que están situadas en un trozo que es mío y de todo el resto de Ciudadanos del Ayuntamiento.
- La recogida de basuras, puesto que es un servicio que realiza el Ayuntamiento y que tiene un coste.
- El cuidado de playas, parques y jardines.

Y así todo aquello que suponga una mejora en la calidad de vida del Ciudadano y que sea de titularidad pública.

Una de las grandes polémicas que se avecinan es que en el IBI, el valor catastral, osea aquél por el que se liquida el impuesto, no podrá superar el valor de mercado y tal y como están las cosas, las reclamaciones en este sentido están aumentando, ya que en muchas zonas el valor de mercado ha descendido en un tanto por ciento muy elevado.

Por otro lado, cada Ayuntamiento publica su propio calendario del contribuyente y hay que estar atentos al mismo para el pago de Impuestos y Tasas, ya que la no atención de los mismos representará un incremento importante de los importes.

En la zona costera, por ejemplo y dado que los ingresos de los Ayuntamientos por licencias de obras han descendido casi en tu totalidad, se ha producido un incremento en el resto de Impuestos que tienen que pagar todos los Ciudadanos, haciendo que la presión fiscal sea inaguantable.



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